viernes, 3 de mayo de 2013

Nunca dejan de sorprenderme las múltiples maneras que se inventan en las oficinas de los síndicos para que sea el abogado del deudor o el deudor mismo el que incurra en todos los gastos y/o les haga el trabajo; o de que cualquier castigo que recaiga por cualquier error u omisión, aunque sea de ellos o del propio tribunal, recaiga sobre el deudor.

El último ejemplo es el amable requerimiento de que el abogado del deudor, utilizando el formato del síndico, que es algo así como un rompecabezas, incremente su trabajo proveyéndoles su análisis (en la escuela de derecho nos enseñaron que eso es el famoso "work product") cuando a nosotros no nos proveen copia alguna del de ellos.

Se añade, últimamente con mayor frecuencia, que los errores de distribución de los síndicos a quien les toque pagarlos sea a los deudores, porque ¡ay bendito! qué trabajo les da recobrar.  Y pobre del abogado de deudor que lo cuestione personalmente o trayéndolo a la atención del tribunal, ese se convierte en un paria y en una persona "difícil", que para nada merece la mínima cortesía de esas oficinas que después de todo son para dar un servicio.

Nuestra función como abogados es, en última instancia abogar por nuestros clientes.  El síndico es solo una parte más entre todas las que participan del proceso, que es uno adversativo. Si en lugar acatar ciegamente errores, abusos, y requerimientos irrazonables - asumiendo la posición de "simón dice" yaciendo inertes, o peor aún tirarnos por el barranco ante ellos - reaccionaramos todos al unísono, lograríamos que nuestra práctica dentro del foro sea una de altura y respeto entre las partes. Ahora mismo esta práctica se parece más a un circo, en el que a instrucciones del domador tenemos que saltar por aros que arden en fuego con un látigo azotándonos.